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El Nudismo es una más de tus libertades |
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Pero aún arrastrábamos legislación contraria al desnudo en público, heredada del período franquista. Así existía todavía el delito de escándalo público, que penalizaba el Nudismo, pero que a su vez era contrario a la Carta Constitucional. Este desfase llevó a que, para que el Nudismo pudiese ser practicado sin riesgo a tener problemas con la justicia, se establecieran zonas autorizadas, donde el Nudismo podía practicarse libremente sin temor a ser sancionado. Este delito de escándalo público fue modificado en 1989 suprimiendo las consideraciones de índole moral, de forma que se ajustara a la nueva Constitución, y de forma también, que el Nudismo dejó de estar penalizado desde ese momento. Así las cosas, todas las autorizaciones de playas o zonas naturistas, se basan en una legislación contraria a la Constitución que fue corregida en 1989 y que posteriormente desapareció en 1995 con la derogación del anterior Código Penal, y la aprobación del actual, en el que ya no está recogido este delito. De este modo, todas las autorizaciones son contrarias a la Constitución y constituyen una discriminación. De hecho es paradójico que las autorizaciones que permitieron a los primeros Nudistas disfrutar de espacios en los que no arriesgarse a chocar con la justicia, posteriormente son el principal argumento que se utiliza en contra del Nudismo, ya que se pretende que como existen zonas o playas autorizadas en el resto de playa no está autorizado, luego está prohibido. Es una falacia, comprensible desde el punto de vista de que las instituciones no se adaptan automáticamente a los cambios de la legislación, sino que tienen que adaptarse en la medida en la que van siendo conscientes de estas modificaciones. Y en este momento el Nudismo es libre en cualquier espacio público y no requiere de ninguna autorización. Eso sí, no son espacios públicos polideportivos municipales o locales comerciales abiertos al público (bares, tiendas, etc.). Estos son espacios privados que pueden tener sus normas internas. Si son espacios públicos las playas, ríos, lagos, campas, caminos, carreteras, calles, plazas, parques, etc. De este modo no hay por qué calificar playas como nudistas para poder practicar el Nudismo libremente. Siendo todas las playas espacios públicos, todas las playas son de libre uso. Otra cuestión es el grado de aceptación social que esto tenga, y los problemas que con la práctica del Nudismo nos podamos encontrar derivados de la opresión a la que el Nudismo se ve sometido desde una sociedad mayoritariamente textil. Lo que es importante que tengamos claro es que según la legislación actual, el Nudismo no puede ser limitado, ni sancionado y mucho menos prohibido. Por supuesto esto puede cambiar, ya que bastaría que se hiciera una ley para que pudieran aplicarse estas medidas. Pero precisamente estos son nuestros cometidos: Tenemos que tomar conciencia de que somos un grupo, y además somos un grupo fuertemente discriminado; Tenemos que ser conscientes de que el Nudismo es una más de nuestras libertades y es totalmente ajustado a la legislación vigente. No puede ser multado, y si lo es, esa multa es perfectamente recurrible; Y tenemos que estar al tanto para denunciar y recurrir cualquier sanción al desnudo, y cualquier desarrollo legislativo que se realice con intención de cortar nuestras libertades. |
| Fuente: Natural nº 21 - Abril 2003. Boletín de E.N.E. Euskal Naturista Elkartea, Asociación de Naturistas Vascos. |
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